Casación No. 516-2010

Sentencia del 18/11/2011

“...Al examinar el expediente administrativo formado con ocasión de los ajustes formulados por el ente fiscalizador y el memorial contentivo del recurso de casación, esta Cámara advierte que en efecto, a folio cuatro del relacionado expediente figura el documento denominado Declaración del Valor Aduanero, presentado por la contribuyente, ...indicando en el numeral siete que la entidad Servicios de Casa Buena, Sociedad Anónima, tiene vinculación comercial de distribuidor con la entidad JIA KIA TRADING COMPANY, quien emitió la factura comercial número un millón cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos noventa y cuatro (1499994), del veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y nueve. De la simple lectura del contenido de la referida declaración del valor aduanero se colige que la compraventa que documenta la factura en referencia, no se realizó en condiciones de libre competencia, como lo pretende hacer ver la contribuyente, pues entre las entidades que realizaron el negocio jurídico existe vinculación comercial;...
Por lo anteriormente considerado esta Cámara advierte que en efecto la Sala sentenciadora incurrió en error de hecho en la apreciación de la prueba, al no haber analizado el documento denunciado al amparo de las disposiciones legales correspondientes, extremo que incidió considerablemente en el resultado de la sentencia, por lo que la misma debe casarse y resolverse conforme a derecho...”